Conoce la nueva normativa para patinetes eléctricos

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Recientemente el Gobierno de España aprobó la nueva normativa para patinetes eléctricos, y desde entonces este tema ha cobrado una gran relevancia en todo el territorio nacional.

Realmente existe un gran interés colectivo por conocer a fondo el Real Decreto que contempla las nuevas regulaciones para la utilización de dichos patinetes.

Especialmente porque estos vehículos de movilidad personal han causado incidentes muy lamentables, e inclusive, mortales, en el pasado.

Hasta ahora se sabe que el Real Decreto ya ha sido publicado en el BOE. Este aborda, entre otros aspectos, los nuevos límites de velocidad que deberán respetarse al usar estos patinetes en la ciudad.

Sin lugar a dudas, la más reciente normativa para patinetes eléctricos busca elevar el grado de concienciación de los usuarios.

El fin ulterior de estas medidas es evitar que la conducción de estos vehículos eléctricos represente un peligro para los demás en este país de Europa.

Nueva normativa para patinetes eléctricos 

A continuación te compartiremos información valiosa y relevante vinculada con los nuevos cambios que estipuló el Ministerio del Interior.

La idea es que estés al tanto de las modificaciones que han surgido en torno a la conducción segura de patinetes eléctricos en España.

Ten en consideración que estos cambios entraron en vigor el pasado 2 de enero. A excepción del certificado técnico de circulación que todavía está pendiente por aprobación.

1. Velocidad para circular

Los patinetes eléctricos solo podrán desplazarse a una velocidad comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora (km/h). De igual forma, queda terminantemente prohibido circular por:

  • Zonas peatonales.
  • Autopistas que transcurran adentro de un poblado.
  • Túneles urbanos.
  • Travesías.
  • Vías interurbanas.

2. Espacios aptos para la circulación

Si te preguntas cuáles serán las zonas o espacios aptos para circular con los patinetes eléctricos, debemos decirte que solo está permitido su uso en:

  • La ciudad.
  • Carriles bici.
  • En carretera.

Asimismo, es crucial destacar que el Gobierno ha exigido que durante su utilización se respeten las normas que rigen la conducción de los demás vehículos.

Por tal motivo, los conductores de patinetes podrán ser sometidos a pruebas de alcoholemia en caso de que sea necesario.

3. Formación vial

Este fue uno de los cambios potenciales que se plantearon durante las preparaciones de la nueva normativa para patinetes eléctricos en España.

Sin embargo, se acordó que los conductores no deberán tramitar ningún carnet de conducir, ni algún tipo de autorización de conducción que certifique sus conocimientos en materia vial.

En palabras sencillas, el conductor no deberá justificar que conoce las normas de circulación vigentes a la hora de compartir la vía con otros peatones o vehículos.

4. Matrícula o seguro

La nueva normativa para patinetes eléctricos enfatiza que no es necesario que el patinete posea un seguro, o lleve una matrícula, al momento de entrar en circulación.

No obstante, la Dirección General de Tráfico (DGT), ha dicho en reiteradas oportunidades que “no descarta” la posibilidad de que esto cambie a largo plazo.

5. Documentación técnica

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La nueva normativa para patinetes eléctricos sí exigirá la solicitud de un certificado de circulación.

El documento servirá para avalar que estos vehículos cumplen con todos los requisitos técnicos que se incluyen en el llamado “Manual de características”.

Este último establece los aspectos técnicos que los patinetes deberán cumplir para poder circular. Así como su clasificación o los mecanismos que permitirán su «fácil identificación».

Dicha documentación técnica deberá aprobarse a través de una resolución del Director General de Tráfico. Y solo podrá ser solicitada dos años después de su aprobación.

Además, deberá expedirse por un tercero competente que designará el organismo autónomo de la Jefatura Central de Tráfico.

6. Edad mínima: ¿qué dice la nueva normativa para patinetes eléctricos?

Muchas personas aun se preguntan si existe una edad mínima para conducir un patinete eléctrico. Y la respuesta más directa es: ¡No!

La DGT ha precisado que cualquier persona puede conducir estos vehículos, de acuerdo a la nueva normativa para patinetes eléctricos.

7. Uso de cascos

Actualmente no es obligatorio que las personas utilicen cascos mientras conducen un patinete eléctrico.

Por lo tanto, es válido aclarar que estos vehículos no serán incluidos en el Artículo 118 del Reglamento General de Circulación (al menos en el corto plazo).

Otras disposiciones importantes

  • Los conductores no pueden utilizar su teléfono celular mientras estén conduciendo.
  • Tampoco pueden usar auriculares.
  • Estos vehículos de movilidad personal solo pueden ser utilizados por una persona. Por lo tanto, si dos o más individuos deciden utilizarlo podrían recibir una multa de 100 euros.
  • El patinete solo puede llevar un sillín si cuenta con un sistema de autoequilibrado.
  • Esta nueva normativa modifica el Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículos. Por ende, debe aplicarse en todo el país.

La nueva normativa para patinetes eléctricos ya entró en vigor

Ahora que conoces los cambios y disposiciones que contempla la nueva normativa para patinetes eléctricos en España, solo te resta utilizarlos con conciencia, responsabilidad y precaución.

Ten en cuenta que estos vehículos de movilidad personal pueden convertirse en un peligro inminente para otros conductores y peatones si no son conducidos con atención y cuidado.

Finalmente, no olvides que estas medidas entraron en vigor a comienzos del 2021 y que deberás acatarlas al pie de la letra a la hora de conducir un patinete eléctrico en la ciudad.